168 millones de razones para eliminar todas las formas de trabajo infantil

11 Jun, 2014 | ACTUALIDAD

Las cifras hablan por sí mismas, 168 millones de niños y niñas son víctimas de explotación laboral en todo el mundo, según datos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Esta realidad es inaceptable y no debe permitirse en ninguno de los casos.

La Red Latinoamericana contra el Trabajo Infantil (Red LACTI) explica a través de un vídeo que compartimos, las 168 millones de razones para movilizarse contra el trabajo infantil…¡muy recomendable!

Para avanzar en una hoja de ruta para erradicar el trabajo infantil, en 2013, en el marco de la III Conferencia global sobre el trabajo infantil, celebrada en Brasilia, la comunidad internacional adoptó la Declaración de Brasilia, en el que se incluye, entre otros compromisos, la determinación de eliminar las peores formas de trabajo infantil hasta 2016, al tiempo que se reiteró el objetivo global de la erradicación de todo las formas de trabajo infantil, intensificando de inmediato todos los esfuerzos a nivel nacional e internacional.

Haciéndose eco de estas prioridades la OIT, con motivo de la conmemoración del Día Mundial en  2014 ha puesto el acento  en el establecimiento de medidas que permitan introducir, mejorar y ampliar la protección social, en consonancia con la Recomendación núm. 202 de la OIT sobre:

  • Los pisos de protección social
  • Sistemas nacionales de seguridad social que tengan en cuenta las necesidades de los niños y niñas y ayuden a luchar contra el trabajo infantil.
  • Una protección social que llegue a los grupos de niños y niñas especialmente vulnerables.

Hoy se celebra el Día Mundial contra el Trabajo Infantil y, mientras todas las miradas están concentradas en Brasil durante la inauguración del Mundial de Fútbol , la OIT  ha aprovechado para lanzar a nivel mundial otra edición de la campaña “Tarjeta roja al trabajo infantil”. Con esta campaña se convoca a todas las personas e instituciones (la Plataforma de Infancia se une también a la inicaitiva), a luchar por los derechos de niños y niñas víctimas de explotación laboral. Ellos y ellas no tienen derecho a una infancia saludable, se les impide crecer en un ambiente donde reciban cariño, jueguen, vayan a la escuela y, lo más importante, pasen a la etapa adulta de la vida en el momento adecuado.

En España el Trabajo Infantil se ha invisibilizado

“El problema en todo el mundo y también en España respecto a la explotación infantil es que no hay datos ni estadística actualizada”, alerta Teresa de Gasperis, técnico del área internacional de Accem, ONG que trabaja con personas refugiadas en inmigrantes en España. Esa laguna estadística también la denunció en 2012 un informe específico sobre trata elaborado por la Oficina del Defensor del Pueblo.

“En España lo que más se trabaja es la trata de menores de edad con fines de explotación sexual, pero también hay explotación laboral que no sale en las estadísticas”, señala De Gasperis. Los datos sobre trata en España que recoge el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e igualdad señalan que en los últimos años entre 13 y 15 menores han sido detectadas como víctimas de explotación sexual.

La Plataforma de Infancia lamenta la invisibilidad de las cifras en España sobre la situación del trabajo infantil y condena enérgicamente cualquier forma de explotación del niño o niña en coherencia con lo establecido en el artículo 32 de la Convención sobre los Derechos del Niño, que dice:

  1. Los Estados Partes reconocen el derecho del niño a estar protegido contra la explotación económica y contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación, o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social.
  2. Los Estados Partes adoptarán medidas legislativas, administrativas, sociales y educacionales para garantizar la aplicación del presente artículo. Con ese propósito y teniendo en cuenta las disposiciones pertinentes de otros instrumentos internacionales, los Estados Partes, en particular:
    • Fijarán una edad o edades mínimas para trabajar;
    • Dispondrán la reglamentación apropiada de los horarios y condiciones de trabajo;
    • Estipularán las penalidades u otras sanciones apropiadas para asegurar la aplicación efectiva del presente artículo.

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