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La Plataforma de Infancia presenta la situación de los niños y niñas en España


icono convención derechos del niño

 

En el marco del XXVIII aniversario de la Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas, las organizaciones que Integran la Plataforma de Infancia presentan el Informe Complementario al V y VI Informe de aplicación de la Convención en España en el que analizan la aplicación de los derechos de la infancia en nuestro país.

Intervendrán: 

  • Adolfo Lacuesta Antón, presidente de la Plataforma de Infancia.
  • Ricardo Ibarra Roca, director de la Plataforma de Infancia.
  • Conchi Ballesteros Vicente, responsable de estudios y análisis de políticas de la Plataforma de Infancia y coordinadora del informe.

Contaremos también con expertos en las diferentes áreas temáticas que analiza el informe: políticas de infancia; recursos destinados a infancia; pobreza infantil; participación infantil; medios de comunicación y tecnologías de la información; violencia; entorno familiar y cuidado alternativo; discapacidad; salud; educación; medidas especiales de protección incluyendo Menores no Acompañados (MENAS); colectivo LGTB; población gitana; participación de niños en conflictos armados; trata, explotación sexual infantil y utilización de niñas y niños en la pornografía.

Informe Complementario al V y VI Informe de aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño y sus Protocolos Facultativos en España

 

¿Cuándo ratificó España la Convención sobre los Derechos del Niño?
La Convención sobre los Derechos del Niño fue ratificada por el Parlamento Español el 30 de noviembre de 1990, entrando en vigor el 5 de enero de 1991.
¿Por qué España debe presentar informes de seguimiento a la Convención sobre los Derechos del Niño al Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas?
Desde la ratificación de la Convención sobre los Derechos del Niño, el Gobierno español como Estado firmante del acuerdo internacional, está obligado a cumplir con los principios y disposiciones del texto legal para la defensa, protección y promoción de los derechos de los niños y las niñas en su territorio.
¿Cuántos informes ha presentado España al Comité de Derechos del Niño?

Hasta la fecha, España ha elaborado seis informes de progreso al Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas:

  • El “I Informe de España sobre la Aplicación de la CDN”, enviado en 1993.
  • El “II Informe de España sobre la Aplicación de la CDN 1993-1997”, presentado en 1999.
  • El “III y IV Informe de aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño en España”, presentado en 2008.
  • El “V y VI Informe de aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño de NN.UU. y sus Protocolos Facultativos”, presentado en 2016.
¿Cuál es la importancia de los informes complementarios?

Resulta determinante la contribución, más allá de los Estados, de otros agentes implicados en el bienestar de la infancia como mecanismos independientes para la promoción y protección de los derechos de la infancia, debiendo vigilar el cumplimiento de las obligaciones asumidas por aquellos al ratificar la Convención sobre los Derechos del Niño. El Comité de los Derechos del Niño fomenta la contribución de las ONG y el establecimiento de vías de colaboración con otros agentes implicados.

Por otro lado, los Estados Parte suelen limitarse en sus informes al Comité de los Derechos del Niño a describir el marco jurídico, sin considerar el proceso de aplicación. Por lo tanto, para el Comité resulta complicado obtener a tenor de dichos informes una descripción completa de la aplicación de los derechos de niños y niñas en cada país.

De este modo, la información de las ONG, en este caso, de la Plataforma de Infancia, constituye un elemento esencial del proceso de supervisión, puesto que el Comité requiere información sobre los diferentes ámbitos cubiertos por la Convención sobre los Derechos del Niño. El Comité también desea recibir información de los ámbitos que el informe gubernamental no cubre suficientemente o que, a juicio de las ONG, cubre de forma parcial.

¿Cuántos informes complementarios ha presentado la Plataforma de Infancia al Comité de Derechos del Niño?

La Plataforma de Organizaciones de Infancia ha presentado tres informes complementarios. En 2001 elaboró un Informe Complementario al II Informe remitido por el Gobierno, constituyendo así su primer Informe Complementario dentro del sistema de Naciones Unidas.

Para la elaboración de este I Informe Complementario se establecieron 4 grupos de trabajo internos, encargados de analizar la situación de los diferentes asuntos considerados prioritarios y las dificultades encontradas en el reconocimiento de los derechos vinculados a los temas elegidos: legislación; entorno familiar y cuidados alternativos; salud y bienestar; educación, ocio y tiempo libre y actividades culturales.

El segundo Informe Complementario al III y IV Informe remitido por el Gobierno de España, y que fue defendido en Naciones Unidas, data de 2010. Para su elaboración se establecieron 10 grupos de trabajo internos. Dicho informe desarrolló los siguientes temas: Medidas generales de aplicación, definición de niño y principios generales; participación infantil; medios de comunicación y tecnologías de la información y de la comunicación (TIC); entorno familiar; menores extranjeros no acompañados; violencia; salud; pobreza y exclusión social; educación; derecho al juego; justicia juvenil.

El tercer Informe Complementario es el que presentamos hoy -al V y VI Informe remitido por el Gobierno de España- y que ha sido defendido en Naciones Unidas a principios del mes de junio. En esta ocasión, se establecieron 11 grupos de trabajo internos con el fin de desarrollar los siguientes temas: Medidas generales de aplicación; definición del niño; principios generales; derechos y libertades civiles; violencia contra el niño; entorno familiar y cuidado alternativo; discapacidad, salud básica y bienestar; educación, esparcimiento y actividades culturales; medidas especiales de protección; seguimiento del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía; y seguimiento del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados.

¿Cuál ha sido la metodología utilizada para la elaboración del Informe Complementario al V y VI Informe remitido por España al Comité de Derechos del Niño?

¿Cuál ha sido la metodología utilizada para la elaboración del Informe Complementario al V y VI Informe remitido por España al Comité de Derechos del Niño?

El proceso de elaboración del Informe Complementario de la Plataforma de Infancia al Comité de los Derechos del Niño se articuló mediante la constitución de un Grupo de Trabajo, que a su vez acabó englobando 11 Subgrupos, uno por cada ámbito de la Convención abordado en el documento.

Para ayudar en su redacción se elaboraron al comienzo del proceso 11 documentos marco, uno por cada ámbito de abordaje, con el fin de asegurar una primera aproximación a dicha tarea desde el enfoque de derechos establecido en la Convención.

Tras las reuniones iniciales, en las que se presentó el proceso de trabajo y se animó a la participación, se procedió a una primera recopilación de aportaciones a través de fichas elaboradas a tal efecto. Posteriormente se fueron validando diferentes borradores a través de encuentros y reuniones, hasta llegar al texto definitivo.

El contenido incluido en cada apartado del presente Informe sigue una misma estructura orientativa, identificando cada apartado con un icono:

  • Medidas adoptadas en respuesta a las últimas Observaciones Finales del Comité.
  • Cambios positivos y negativos experimentados desde el último Informe. Nuevos sectores de preocupación.
  • Obstáculos encontrados en el cumplimiento de la Convención.
  • Recomendaciones.
¿Cuál ha sido la estructura de contenidos abordada durante este último Informe Complementario?

La estructura del documento ha seguido los mismos grupos de artículos propuestos por el Comité para la elaboración de los Informe por los Estados Partes:

  1. Medidas generales de aplicación.
  2. Definición de niño.
  3. Principios generales.
  4. Derechos y libertades civiles.
  5. Violencia contra el niño.
  6. Entorno familiar y cuidado alternativo.
  7. Discapacidad, salud básica y bienestar.
  8. Educación, esparcimiento y actividades culturales.
  9. Medidas especiales de protección.
  10. Seguimiento del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía.
  11. Seguimiento del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados.
¿Quiénes han colaborado en el proceso de elaboración del Informe Complementario de la Plataforma de Infancia?
Además de sus autores, integrados por parte de sus 59 organizaciones miembro y del equipo técnico de la Plataforma de Infancia, colaboraron en el proceso entidades vinculadas al Consejo Estatal de ONG de Acción Social; el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), la Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Transexuales y Bisexuales (FELGTB), la Federación de Mujeres Progresistas, la Fundación Secretariado Gitano, la Plataforma CEDAW Sombra España y la Unión de Asociaciones Familiares (UNAF). Asimismo colaboraron las Defensorías del Pueblo y del Menor del Estado a través de un encuentro celebrado en octubre de 2016 y en el que participaron la Cátedra Santander de Derecho y Menores de la Universidad Pontificia Comillas, el Grupo de Sociología de la Infancia y la Adolescencia (GSIA) y la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) Madrid.
¿Cuál es la valoración interna de la Plataforma de Infancia con respecto al proceso de elaboración de informes complementarios sobre la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño en España?

La Plataforma de Infancia considera que el proceso de trabajo resulta muy enriquecedor en la medida que:

  • Fomenta el enfoque de derechos contemplado en la Convención.
  • Refuerza el trabajo en red.
  • Ayuda a revisar, identifica y priorizar cuestiones clave de infancia.
  • Influye en las políticas, trasladando propuestas clave como sector que son posteriormente tenidas en cuenta por el Comité de los Derechos del Niño para la redacción de sus recomendaciones posteriores al Estado.
¿Cuándo está prevista la defensa del Informe del Gobierno español en Naciones Unidas?
El Comité evaluará el V y VI Informe del Estado español el día 22 de enero de 2018, elaborando en el marco de dicha sesión sus “Observaciones Finales” a modo de recomendaciones en torno a la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño en España.

 

DESCARGA EL INFORME EN PDF

 

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  • Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas Web

La Plataforma de Infancia ha editado la Convención sobre los Derechos del Niño en cuatro versiones adaptadas a diferentes grupos de edad:


Portada Convención sobre los Derechos del Niño. para niños de 6 a 8 años

Convención Derechos del Niño adaptada

6 a 8 años

Portada Convención sobre los Derechos del Niño. para niños de 9 a 12 años

Convención Derechos del Niño adaptada

9 a 12 años

Portada Convención sobre los Derechos del Niño. para niños de 13 a 17 años

Convención Derechos del Niño adaptada

13 a 17 años

Portada Convención sobre los Derechos del Niño. Texto Oficial

Convención sobre los Derechos del Niño

Texto oficial

Estos son los derechos de niños, niñas y adolescentes.