El Comité de los Derechos del Niño aprueba su nueva Observación General sobre la aplicación de los derechos del niño y niña durante la adolescencia

11 Ene, 2017 | ACTUALIDAD

Observacion_General_sobre_derechos_adolescencia El Comité de los Derechos del Niño ha aprobado recientemente su nueva Observación General sobre la aplicación de los derechos del niño y niña durante la adolescencia (versión en inglés). La Plataforma de Infancia difundirá su versión en español una vez se encuentre disponible.

En su introducción se indica que si bien la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) reconoce los derechos de todas las personas menores de 18 años, la aplicación de los derechos debe tener en cuenta el desarrollo de niños y niñas, y sus capacidades evolutivas. Así, los enfoques adoptados para asegurar el cumplimiento de los derechos de los y las adolescentes difieren significativamente de aquellos adoptados para niños y niñas de menor edad.

Además, la adolescencia es un periodo de la vida caracterizado por crecientes oportunidades, capacidades, aspiraciones, energía y creatividad, pero también por una vulnerabilidad significativa. En este sentido, el Comité observa que el potencial de la población adolescente se ve ampliamente comprometido pues los Estados Partes no reconocen o invierten en las medidas que serían necesarias para que ellos y ellas disfruten de sus derechos. Por un lado, en la mayoría de los países no se encuentran disponibles datos desagregados por edad, sexo y discapacidad para orientar las políticas, identificar lagunas y apoyar la asignación de recursos apropiados para los y las adolescentes. Por otro, las políticas genéricas designadas para niños, niñas o las personas de menor edad con frecuencia fallan a la hora de abordar la realidad adolescente en toda su diversidad y son inadecuadas para garantizar el cumplimiento de sus derechos.

Los costes de la inacción y el error son altos: los cimientos establecidos durante la adolescencia en términos de seguridad emocional, salud, sexualidad, educación, habilidades, resiliencia y comprensión de derechos tendrán profundas implicaciones, no sólo para su óptimo desarrollo individual, sino también para el presente y futuro desarrollo económico y social.

Además, el Comité reconoce que la adolescencia no está fácilmente definida y que de forma individual los niños y las niñas alcanzan la madurez a diferentes edades. El proceso de pasar de la infancia a la edad adulta se ve influido por el contexto y el medio ambiente, tal y como se refleja en la amplia diferencia en las expectativas culturales de la población adolescente en las legislaciones nacionales, que ofrecen diferentes umbrales de entrada en actividades de población adulta, y entre organismos internacionales, que hacen uso de diversos tramos de edad para definir lo que se entiende por “adolescencia”. La presente observación general no busca, por tanto, definir la adolescencia, sino que en su lugar se centra en el periodo de la infancia comprendido entre los 10 años y el 18º cumpleaños para facilitar coherencia en la recopilación de datos.

Por otro lado, el Comité toma nota de que varias de sus Observaciones Generales tienen una particular repercusión para los y las adolescentes, especialmente aquellas referidas a su salud y desarrollo, el VIH/SIDA, la erradicación de prácticas que son dañinas para las mujeres y la infancia, los niños y niñas no acompañados y separados, y la justicia juvenil. El Comité destaca el significado particular que tienen para la población adolescente las recomendaciones extraídas de su Día de Debate General sobre medios digitales y derechos de infancia, celebrado en septiembre de 2014.

Los objetivos de la presente observación general son:

  1. Facilitar a los Estados orientación sobre la legislación, políticas y servicios necesarios para promover un desarrollo integral adolescente acorde con el cumplimiento de sus derechos.
  2. Llamar la atención sobre las oportunidades ofrecidas y los retos enfrentados durante la adolescencia.
  3. Mejorar la comprensión de y el respeto hacia las capacidades evolutivas de los y las adolescentes y las implicaciones para el cumplimiento de sus derechos.
  4. Fortalecer el reconocimiento para una mayor visibilidad y atención hacia las chicas y chicos adolescentes y para una inversión que les permita ser conscientes de sus derechos a lo largo de sus vidas.

Para el Comité la atención prestada hacia este periodo se fundamenta en que el significado de los cambios del desarrollo durante la adolescencia aún no ha sido tan ampliamente comprendido como los que tienen lugar en años previos:

  • Con vistas a asegurar el desarrollo óptimo de cada niño o niña durante la infancia, es necesario reconocer el impacto que cada periodo de la vida tiene en las etapas posteriores, por lo que hay que entender la adolescencia como parte del curso de la vida.
  • A medida que se aproximan a la edad adulta, los y las adolescentes necesitan una educación adecuada y apoyo para enfrentar retos globales y locales, incluyendo la pobreza y desigualdad, la discriminación, el cambio climático y la degradación medioambiental, urbanización y migraciones, el envejecimiento de las sociedades, la presión para cumplir en la escuela y las crisis humanitarias y de seguridad en aumento. El crecer en sociedades más heterogéneas y multiétnicas (…) también requiere mayores capacidades de comprensión, tolerancia y convivencia. Se necesita, por tanto, inversión en medidas para fortalecer las capacidades de la población adolescente para superar y atenuar esos retos, enfrentar los causantes sociales destinados a excluirles y marginarles, y equiparles para afrontar los desafiantes y cambiantes entornos sociales, económicos y digitales.

La Observación General incluye: introducción, objetivos, fundamentación, principios generales de la CDN, adolescentes que requieren una especial atención, diferentes ámbitos de la Convención conforme a su articulado, y dos últimos apartados destinados a cooperación internacional y difusión.

En relación con lo anterior, como en el caso de otras observaciones generales, el Comité recomienda que los Estados difundan ampliamente la presente Observación General entre todas las partes interesadas, en particular el parlamento y todos los niveles de gobierno, incluyendo ministerios, departamentos y autoridades locales, y toda la población adolescente. El Comité también recomienda que la presente observación general sea traducida a todas las lenguas relevantes, en versiones adaptadas a la adolescencia y en formatos accesibles a los y las adolescentes con discapacidad.

Por: Conchi Ballesteros Vicente
Responsable de Programas

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