
Rueda de prensa de las ONG explicando la importancia del actual sistema de recaudación con cargo al IRPF
El Tribunal Supremo ha fallado la sentencia nº 610/2016 contra el recurso contencioso-administrativo número 507/2013 interpuesto por la Generalitat de Catalunya, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones estatales destinadas a la realización de programas de interés general con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en el ámbito de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por considerar que no respeta la transferencia, en exclusividad, de las competencias en Asistencia Social que la Constitución Española reconoce a las Comunidades Autónomas.
El Tribunal Supremo ha estimado en su sentencia que el decreto “no incluye en sus materias la asistencia social”, sino que “las subvenciones de este Real Decreto tienen conexión con actividades recogidas en otros títulos competenciales en los que el Estado sí está legitimado para actuar”, tales como actividades educativas o de inserción laboral, entre otras.
Esta sentencia supone, señala Carlos Martínez-Almeida, presidente de la Plataforma de Infancia, «la posibilidad de poner en marcha la convocatoria de IRPF por parte del actual Gobierno en funciones, así como posibilita trabajar por la búsqueda de un modelo estable, sostenible y consensuado para la financiación del tercer sector y el resto de los sectores afectados por esta convocatoria, permitiendo garantizar la adecuada atención de los 6 millones de personas beneficiarias por los programas ejecutados con cargo a las subvenciones del IRPF».
Desde la Plataforma de Infancia celebramos esta decisión y reiteramos la necesidad de que el Estado pueda disponer de una competencia de naturaleza compartida con las Comunidades Autónomas para desarrollar políticas de ámbito estatal en materia de justicia e inclusión social, señaló Martínez-Almeida.
Por su parte, Luciano Poyato, presidente de la Plataforma del Tercer Sector, afirmó en rueda de prensa que estamos “convencidos de que debe existir un consenso sobre cómo actuar o prevenir esta situación”, y que permita “la realización de actividades de re-equilibrio territorial que garantice que cada persona, independientemente de su lugar de nacimiento o residencia, disfrute de la misma atención social”.
Luis Cayo Pérez Bueno, vicepresidente de incidencia política e impulso normativo de la Plataforma del Tercer Sector, explicó por su parte que la sentencia “desestima todas y cada una de las objeciones presentadas por la parte recurrente”, y afirma que el sistema actual de distribución de subvenciones es “plenamente conforme a derecho”. Según Pérez Bueno, “no hay dudas ya para la estabilidad y continuidad del modelo”, por lo que “el gobierno puede y debe convocar ya las subvenciones del presente año”.
El vicepresidente de la Plataforma del Tercer Sector se mostró satisfecho por la permanencia de “un instrumento válido, valioso y útil que mira a las necesidades reales por encima de los conflictos competenciales”.
Mercedes Ruiz-Giménez Aguilar, presidenta de la Coordinadora de ONG para el desarrollo (CONGDE), señaló que la sentencia del Tribunal supone “un primer paso”, que refleja “la fuerza de la unión” del sector, que “despeja el camino para conseguir alcanzar un modelo estable y sostenible de financiación del sector”. Las organizaciones del Tercer Sector, afirmó, “tenemos el derecho de existir”, y por ello debemos “conseguir un marco jurídico y de recursos asegurados que permita prever el fortalecimiento de nuestras acciones y organizaciones”. Ruiz-Giménez afirmó que las entidades de cooperación al desarrollo “llegan a 35 millones de personas a través de la acción en más de 100 países”, por lo que seguirán trabajando para “pedir más” al futuro Gobierno, y conseguir “que este primer paso no quede ahí”.