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Elevar la edad mínima legal de los menores, una asignatura pendiente

29 Oct, 2012 | ACTUALIDAD

2_interno.jpgLa Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Ana Mato, anunciaba hace unos días la posibilidad de estudiar la adopción de medidas para mejorar la protección de los menores de edad en el ámbito de las relaciones sexuales y el matrimonio. Estas medidas podrían incorporarse en el próximo Plan para la Infancia y la Adolescencia (PENIA 2012-2015), cuyo contenido definitivo está previsto se apruebe antes de fin de año.

Durante los últimos 10 años el Comité de los Derechos del Niño ha recomendando a España la revisión de su legislación a la luz de sus exámenes sobre la aplicación en España tanto de la Convención sobre los Derechos del Niño como de su Protocolo Facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía.

En el caso de las relaciones sexuales, el Comité recomendó a España en 2007 que considerara la posibilidad de elevar la edad mínima de consentimiento para las mismas, establecida actualmente en 13 años, uno de los límites más bajos de toda la Unión Europea y que vuelve a los niños y niñas más vulnerables a la explotación sexual.

En relación con la edad mínima para contraer matrimonio, el mismo Comité recomendó a España en 2002, y de nuevo en 2010, revisar su legislación para elevar a 16 años la edad mínima para contraer matrimonio, en circunstancias excepcionales y con el permiso de un juez, especificando que se trata de casos excepcionales. Actualmente la edad para casarse está establecida en 18 años, pero en circunstancias excepcionales, con dispensa judicial, se puede autorizar a tan sólo 14 años de edad.

La Plataforma de Infancia reivindica la elevación de la edad mínima de consentimiento para mantener relaciones sexuales, así como la edad mínima para contraer matrimonio. En este sentido, respalda las iniciativas que desde el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad se estén estudiando para mejorar la protección de la infancia en esta materia, entendiendo la necesidad de incluir las observaciones finales del Comité en el contenido definitivo del próximo Plan de Infancia, con el fin de asegurar su contenido final en el texto definitivo, para su posterior seguimiento y futuro cumplimiento.

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