Comunicado de prensa
Breve análisis de los informes sobre el impacto en la infancia propuestos por el Gobierno en todos los reglamentos y proyectos de ley en el marco del II Plan de Infancia (III entrega)*

Entre las medidas anunciadas, se presentaba como la más novedosa “Incorporar en la memoria del análisis de impacto normativo que acompaña a todos los Proyectos de Ley y de reglamentos un informe sobre su impacto en la infancia” (1.2.6.), del mismo modo que ya ocurre con el impacto de género. Esta medida se vincula a la modificación de la legislación española que prevé el Gobierno y que afectará a 11 leyes, entre las que destacan el Código Civil y la Ley de Protección Jurídica del Menor.
La Plataforma de Infancia valora como positivo el compromiso asumido por el Gobierno de aprobar esta medida por las potencialidades que encierra para conocer el alcance último que pueden tener las citadas propuestas legales desde una visión integral del articulado de la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), tratado internacional por el que los Estados firmantes, entre ellos España, se comprometen al cumplimiento de los derechos de los niños y de las niñas.
En este sentido, recuerda que el Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas subraya en su Observación General nº 5, sobre medidas generales de aplicación de la CDN, que “(…) la revisión general de toda la legislación interna (de los Estados Parte) y las directrices administrativas conexas para garantizar el pleno cumplimiento de la Convención constituye una obligación. La revisión debe ser continua en vez de única, y en ella se debe examinar tanto la legislación propuesta como la legislación en vigor” (…) “Los Estados Partes tienen que hacer, por todos los medios adecuados, que las disposiciones de la Convención surtan efecto jurídico en el ordenamiento jurídico interno”.
Del mismo modo, conforme a dicha Observación General, se requiere de un proceso continuo de valoración y evaluación de las consecuencias reales de aplicación de cualquier proyecto de ley, propuesta de política o asignación presupuestaria que les afecte a los niños y a las niñas y al disfrute de sus derechos. “Este proceso tiene que incorporarse en la formulación de políticas a todos los niveles de gobierno y lo antes posible (…)”.
Por otro lado, la misma Observación General recoge que “(…) cuando un Estado delega poderes para legislar en los gobiernos regionales o territoriales federados, debe exigir asimismo a esos gobiernos subsidiarios que legislen en el marco de la Convención y garanticen su aplicación”. El Comité señala que es fundamental además que “(…) todas las leyes «sectoriales» pertinentes (sobre la educación, la salud, la justicia, etc.) reflejen de manera coherente los principios y las normas de la Convención”.
A este respecto, el citado Comité apuntó en sus observaciones a España de 2010 que “(…) las leyes y normativas aplicadas en las Comunidades Autónomas (…) no siempre son coherentes con la Convención en importantes ámbitos, como la protección de los niños en situación de riesgo, descuidados o en régimen de acogimiento familiar, o bien en el trato otorgado a los niños extranjeros no acompañados”. Por esta razón, ese mismo año recomendó a España que adoptase “(…) todas las medidas necesarias para asegurar que la legislación y las normas administrativas de todas las Comunidades Autónomas se ajustaran plenamente a los principios y las disposiciones de la Convención y los dos Protocolos Facultativos”.
Para el impulso de esta medida, el Gobierno español ha incluido en el Plan como órganos competentes a todos los departamentos ministeriales. No obstante, desde la Plataforma de Infancia solicitamos que se incorpore de forma específica la participación de otras instituciones que pueden colaborar en el desarrollo de la medida.
Asimismo, la Plataforma de Infancia señala que a fecha de hoy, el Plan no dispone de indicadores específicos que garanticen su puesta en marcha, contando sólo con el recurso de la Comisión de Seguimiento, también recientemente anunciada, que se encargará de realizar la evaluación intermedia y final del Plan.
En virtud de lo expuesto, la Plataforma de Infancia espera del Gobierno español el adecuado desarrollo de esta medida, subsanando las debilidades señaladas y fortaleciendo con ello la obligación de España como Estado Parte de la Convención de respetar y hacer respetar su contenido.
Más información:
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